Miércoles 8 de Septiembre de 2010
 
 
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En un Estado de excepción, la violación es global: En Honduras, el Golpe de Estado, también promueve la violación del derecho laboral.

Alertamos sobre la violación flagrante de derechos laborales en los centros de trabajo en la Honduras golpista, en donde mediante la separación de funcionarias y funcionarios, ante el temor a perder sus trabajos a denunciar violaciones, las trabajadoras y trabajadores de las maquilas hondureñas, propiedad en algunos casos de los que financiaron el Golpe, están sometidos a un estado de sitio violador de sus derechos fundamentales.

GOLPE DE ESTADO Y VIOLACION A LOS DERECHOS HUMANOS LABORALES

El Centro de Derechos de Mujeres, CDM, ante las últimas denuncias de violaciones a los derechos laborales de las trabajadoras y trabajadores de las maquilas se pronuncia de la forma siguiente:

Primero: El golpe de Estado del 28 de junio del 2009, se convirtió en una herramienta más para profundizar las violaciones a los derechos humanos laborales en las maquilas, este régimen impuesto por las armas comenzó destituyendo a la Directora Regional de la Secretaría de Trabajo, Abogada Lucí Rosales, que se identificó con los derechos de las obreras y obreros de las maquilas para tener vía libre frente a las constantes violaciones.

Segundo: Las autoridades de facto han impuesto mediante los toques de queda y la represión inhumana una cultura de no denuncia ante las violaciones laborales, la institución cuenta con testimonios de personas que a este tiempo no se les ha cancelado el décimo cuarto mes y que se les contrata temporalmente por dos meses y les pagan 100 Lps diarios violentando así el artículo 2 del Reglamento del décimo cuarto mes de salario, 129 de la Constitución Política de la República y el artículo 2 de la Ley del Salario Mínimo.

Las trabajadoras y trabajadores manifiestan tener temor a denunciar porque las empresas pueden despedirlos y no confían en las actuales autoridades laborales.

Tercero: A partir de la imposición de los toques de queda los empresarios están obligando a las trabajadoras y trabajadores a reponer esos días, lo cual no es legal y violentan nuevamente el artículo 23 del Código de Trabajo Vigente, que dicta que el trabajador o la trabajadora podrán participar de las ganancias pero nunca de las perdidas.

Cuarto: Hacemos un llamado a las trabajadoras y trabajadoras a que se organicen en colectivos de trabajadores, en sindicatos u otra forma de organización para que puedan defender sus derechos.


Dado en la ciudad de San Pedro Sula, a los 25 días del mes de septiembre del 2009.
 
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